BASES LEGALES SORTEO
1. Empresa organizadora
El presente sorteo está organizado por Érica Fernández Ruiz, con NIF 45717920S y domicilio social en Calle Nueva nº18, 18810 Caniles (Granada), bajo el nombre comercial El Vestidor de Erika (en adelante, “la Organizadora”).
Para cualquier consulta relacionada con este sorteo, las personas interesadas pueden contactar en el correo electrónico info@elvestidordeerika.com
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2. Finalidad del sorteo
El objetivo de este sorteo es agradecer el interés de las personas que se unan a la comunidad de El Vestidor de Erika, ofreciendo la posibilidad de ganar una de nuestras prendas más especiales.
Al participar, las personas inscritas aceptan recibir comunicaciones relacionadas con novedades, promociones o contenidos exclusivos de El Vestidor de Erika, siempre con la opción de darse de baja en cualquier momento.
3. Fechas de participación
El sorteo estará activo desde el 7 de noviembre de 2025 hasta el 23 de noviembre de 2025 (ambos inclusive).
La comunicación de la persona ganadora se realizará el 24 de noviembre de 2025.
4. Requisitos de participación
Podrán participar todas las personas físicas que cumplan las siguientes condiciones:
Ser mayores de 18 años.
Residir en España.
Inscribirse correctamente a través del formulario habilitado en Meta Ads durante el periodo de participación.
Se permite una única participación por persona.
5. Premio
El premio consiste en una prenda a elegir entre una gabardina camel o un abrigo de pelo azul, según disponibilidad de tallas.
El premio incluye el envío gratuito dentro de la Península Ibérica.
En caso de que la persona ganadora tenga una dirección de envío fuera de la Península (por ejemplo, Islas Baleares, Islas Canarias, Ceuta o Melilla), podrá igualmente aceptar el premio, pero deberá asumir el coste adicional del envío correspondiente a su zona.
En ningún caso el premio podrá canjearse por su valor en metálico ni por otro producto diferente.
6. Selección de la ganadora
La ganadora será seleccionada de forma aleatoria mediante una plataforma de sorteos como Sortea2 o AppSorteos.
Además, se elegirán dos suplentes para el caso de que la ganadora no responda en el plazo establecido.
La persona ganadora será contactada el 21 de noviembre de 2025 a través de correo electrónico y/o WhatsApp.
Si en un plazo de 72 horas desde la comunicación no se obtiene respuesta, se procederá a contactar con el primer suplente, y así sucesivamente.
7. Comunicación de resultados
El nombre de pila de la persona ganadora será publicado en las comunicaciones por email a las demás participantes y, en su caso, en los canales oficiales de El Vestidor de Erika.
La participación implica la autorización expresa para la publicación del nombre de la persona ganadora con fines promocionales, sin que ello genere derecho a contraprestación económica alguna.
8. Protección de datos personales
De acuerdo con lo establecido en el Reglamento (UE) 2016/679 (RGPD) y la Ley Orgánica 3/2018 (LOPDGDD), se informa a las participantes de que los datos personales proporcionados serán tratados por Érica Fernández Ruiz, como responsable del tratamiento, con la finalidad de gestionar la participación en el sorteo y realizar comunicaciones comerciales, tanto por correo electrónico como por WhatsApp, relacionadas con los productos y servicios de El Vestidor de Erika.
Las participantes podrán ejercer en cualquier momento sus derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación y portabilidad enviando una solicitud al correo electrónico info@elvestidordeerika.com, indicando claramente el derecho que desean ejercer.
Los datos se conservarán mientras exista una relación comercial o hasta que la persona usuaria solicite su eliminación.
9. Aceptación de las bases
La participación en el sorteo implica la aceptación íntegra de las presentes bases legales.
El incumplimiento de cualquiera de los puntos establecidos podrá suponer la exclusión automática de la participante.
10. Modificación o cancelación del sorteo
La Organizadora se reserva el derecho de modificar, suspender o cancelar el sorteo en cualquier momento por causas justificadas (como errores técnicos, fraudes o circunstancias imprevistas), sin que ello genere derecho a reclamación o compensación alguna por parte de las participantes.
Asimismo, la Organizadora podrá declarar el sorteo desierto si no se cumplen los requisitos de participación o si existen irregularidades detectadas.
11. Legislación aplicable y jurisdicción
Las presentes bases legales se regirán por la legislación española.
Para cualquier controversia que pudiera derivarse de este sorteo, las partes se someten expresamente a los Juzgados y Tribunales de Granada, con renuncia a cualquier otro fuero que pudiera corresponder.